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Sede:
Plaza Pinares, 1 - 6ª planta Oficina 5
20001 DONOSTIA – SAN SEBASTIÁN
Tel. 943 42 53 57
avapsi@euskalnet.net
http://avapsi.arredemo.org
NIF: G-20455036
Fecha de inscripción en el Registro: 4 de junio de 1993
Nº de Registro: AS/G/03948/1993
Fecha de constitución: 19 de mayo de 1993
Nº de socios: 105
Presidente: Iñigo Ochoa de Alda Martínez de Apellániz
Vicepresidente: Juan José Seara Beguiristain
Secretaria: Karmele Zelaiaran Miranda
Tesorera: Ana Calvo Cuesta
Vocales: Olatz Ormaechea Ruiz, Gloria Miguel González
Objetivos de la Asociación
a) Fomentar, desarrollar, investigar y difundir la psicoterapia Psicoanalítica, tanto individual como grupal.
b) Fomentar, desarrollar, investigar y difundir la psicoterapia sistémica, especialmente la terapia familiar y de pareja.
c) Promover, ofrecer y avalar la formación en psicoterapias dinámica y/o sistémica, que permita integrarse como miembro de pleno derecho en las diferentes categorías de socios existentes en la Asociación.
d) Promocionar lugares de encuentro científico en estas disciplinas: congresos, conferencias, seminarios, etc.
e) Fomentar el intercambio con Instituciones públicas o privadas, agrupaciones o sociedades científicas, locales, nacionales e internacionales que puedan contribuir al desarrollo científico de las psicoterapias dinámica y sistémica.
f) Agrupar a profesionales con formación en psicoterapias psicoanalítica y/o sistémica.
g) Fomentar, desarrollar, investigar y difundir el estudio de la familia y otros sistemas humanos.
Criterios de admisión
Pueden ser miembros de la Asociación aquellas personas que así lo deseen y reúnan las condiciones siguientes:
Titulados del primer y Segundo Ciclo universitarios de las ciencias sociales y de la salud y estudiantes de estas ciencias que hayan finalizado el primer Ciclo universitario.
Quienes deseen pertenecer a la Asociación, lo solicitarán por escrito al Presidente el cual dará cuenta a la Junta Directiva, que resolverá libremente sobre la admisión o inadmisión. En la solicitud se incluirá el "Curriculum Vitae", de forma detallada y documentada. En todo caso la admisión en firme deberá ser ratificada por la Asamblea General.
La Asociación, por acuerdo de la Junta Directiva, podrá otorgar la condición de socio honorario a aquellas personas que, reuniendo los requisitos necesarios para formar parte de aquélla, no puedan servir a los fines sociales con su presencia física. La Calidad de estos socios es meramente honorífica, y por tanto, no otorga la condición jurídica de miembro, ni derecho a participar en los órganos de Gobierno y Administración de la misma, estando exento de toda clase de obligaciones.
Criterios de acreditación como psicoterapeuta
Podrán ser Socios Numerarios de la Asociación aquellos profesionales que cumplan los criterios mínimos para la acreditación de psicoterapeutas establecidos por la Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas (FEAP), en el título quinto de sus estatutos y asumidos por esta Asociación. La Asociación promoverá la inscripción de estos miembros en el registro de psicoterapeutas de la FEAP, o en cualquier otro que pueda crearse posteriormente.
Los criterios mínimos para ser miembro Numerario (acreditado como psicoterapeuta), se recogen en los artículos 19, 20, 21 y 22.
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