¿Quienes Somos?



La Federación Española de Asociaciones de Psicoterapeutas (FEAP), es una organización no gubernamental, creada de acuerdo al marco jurídico del artículo 22 de la Constitución Española, la Ley de Asociaciones del 24 de diciembre de 1964 y su legislación complementaria, siendo persona jurídica privada de interés público y social, sin ánimo de lucro, que agrupa a las asociaciones científico-profesionales de psicoterapeutas existentes en España.

Una de las razones para la fundación de la FEAP fue la inexistencia en España de un marco legal que regulase de manera explícita y específica, los requisitos que debe reunir la formación especializada para una práctica profesional en Psicoterapia. Este vacío propició que surgiera un clima de opinión favorable a explorar las bases de un consenso en el que pudieran recogerse los puntos de encuentro entre los diferentes modelos teórico técnicos científicos de psicoterapia con un mismo fin: contribuir al logro de objetivos de salud y bienestar bio-psico-social, enfrentando el sufrimiento humano por medios psicoterapéuticos.

Tras diversos encuentros con organizaciones profesionales españolas e internacionales, surge una iniciativa convergente con la sensibilidad europea por la Psicoterapia que da lugar a la creación de nuestra Federación en 1992.

Propósitos:

La FEAP, agrupa a las Asociaciones, y a través de ellas a los psicoterapeutas que ejercen en todo el territorio del Estado Español. La FEAP, define los requisitos de formación y experiencia acreditada que capacita a los psicoterapeutas para desarrollar una práctica profesional altamente cualificada. Nuestra Federación y las asociaciones que la integran, garantizan que sus miembros acreditados cumplen los referidos requisitos. De esta manera, se presta a los usuarios de psicoterapia, a los profesionales que la ejercen, y a las instituciones públicas tanto nacionales como internacionales, la seguridad sobre el rigor y seriedad científica y profesional con la que es ejercida la psicoterapia por estos profesionales.

Fomentamos la prestación de servicios psicoterapéuticos en las instituciones sanitarias públicas y concertadas. Favorecemos la implantación de la psicoterapia en todas las instituciones que inciden en la salud y el bienestar de las personas. Igualmente propiciamos la inclusión de los servicios psicoterapéuticos en las entidades que financian los servicios de salud privados.

Potenciamos la investigación y la evaluación de la calidad de la formación y práctica de la psicoterapia, promoviendo la creación de fondos a nivel europeo, nacional y autonómico con esta finalidad. Hacemos especial hincapié en facilitar un mejor conocimiento de los beneficios de la psicoterapia dirigiendo nuestros esfuerzos tanto a los profesionales de la salud como a la población en general.

Nuestro concepto de Psicoterapia:

Entendemos por Psicoterapia un tratamiento científico, de naturaleza psicológica para las manifestaciones psíquicas o físicas del malestar humano, que promueve el logro de cambios o modificaciones en el comportamiento, la salud física y psíquica, la integración de la identidad psicológica y el bienestar de las personas o grupos tales como la pareja o la familia. Conviene resaltar que el término Psicoterapia no presupone una orientación o enfoque científico-profesional definido, sino que connota un amplio dominio científico-profesional especializado, que se especifica en diversas y peculiares orientaciones teóricas, prácticas y aplicadas.

Por otra parte, la FEAP considera que las titulaciones idóneas para el acceso a la formación en Psicoterapia son la licenciatura de Psicología y la licenciatura de Medicina (y más aún las respectivas especialidades de Psicología Clínica y Psiquiatría), estableciendo unos niveles de formación y experiencia cuyos mínimos  hemos recogido en el Título V de nuestros Estatutos y las Disposiciones transitorias que los regulan.

Código Ético, Reglamento de Quejas y Reclamaciones y Guía para el usuario de la Psicoterapia

Para la práctica de la psicoterapia y el ejercicio profesional del psicoterapeuta, la FEAP ha aprobado un Código Ético que señala y establece los principios y parámetros éticos que han de regir su ejercicio. Destacamos la importancia de la formación especializada y continuada del psicoterapeuta que garantice responsabilidad y rigor en su prestación profesional. En consonancia y complementariamente a este Código, tenemos establecido un Reglamento de Quejas y Reclamaciones abierto a psicoterapeutas, profesionales en formación, pacientes y usuarios de la psicoterapia, asociaciones, etc. que define procedimientos para actuar en defensa concreta de los interesados que se trate ante posibles abusos o malas praxis.

Por otra parte, la FEAP considera de alto interés la aportación de información al usuario y la toma de conciencia por parte de éste de sus derechos, por lo que a tal fin tiene establecida, editada y aprobada por la Asamblea General, la Guía del usuario de la Psicoterapia. El conjunto de estos elementos configura un entramado de garantía para la formación y  el ejercicio de la Psicoterapia científica y de calidad.

Actividades:

Nuestra organización realiza distintas actividades para mantener su identidad y propósitos.

Destacamos:

La representación de las Asociaciones de Psicoterapeutas ante organismos nacionales, europeos e internacionales con la finalidad de promover objetivos de  cualificación y ejercicio responsables y rigurosos, y defender el interés de una regulación oficial de la formación y el ejercicio de la psicoterapia.

La FEAP pertenece a la más importante organización europea de Psicoterapia, la EAP, siendo desde 2006 su organización representante en España. La EAP, Federación que agrupa 128 organizaciones de 41 países europeos con más de 120.000 psicoterapeutas acreditados y que ostentan el certificado europeo (ECP), cuenta con similares contenidos, posiciones y características.

La FEAP pertenece así mismo al World Council of Psichotherapy y busca apoyar la fundación de cuantas organizaciones y actuaciones internacionales persigan los mismos fines.

Somos la primera entidad en España que elaboramos criterios para la acreditación de los psicoterapeutas profesionales así como procedimientos para alcanzar y establecer dicha acreditación, iniciando nuestro recorrido en 1992. Tanto los criterios como el procedimiento han configurado un referente de reconocido prestigio para otras organizaciones interesadas por la Psicoterapia así como para la Administración Pública.

Asimismo somos la primera entidad en España que estableció parámetros, requisitos y procedimientos para acreditar los programas de formación de psicoterapeutas en consonancia con los criterios fijados en el marco europeo e internacional. Ello también ha configurado un referente de reconocido prestigio tanto a nivel nacional como internacional.

Se ha llegado a los acuerdos de consenso muy trabajados y ratificados en los órganos de decisión de la Federación con las asociaciones miembro para fijar los diferentes parámetros, criterios, procedimientos y mecanismos que permitan la configuración de estos trabajos y la identidad de FEAP.

Las acreditaciones que realiza FEAP se refieren a las específicas propias antes reseñadas, así como a la del Diploma Europeo de Psicoterapeuta (ECP) que emite en consonancia con EAP y dentro del procedimiento europeo fijado por y con EAP.

Promovemos la publicación de un Registro de Psicoterapeutas acreditados, con indicación de las diferentes orientaciones y aplicaciones en las que están formados que se actualiza en intervalos temporales favoreciendo el conocimiento y contacto entre éstos.

Con periodicidad promovemos la realización, tanto a nivel nacional como internacional, de Congresos, Jornadas, Simposios, Seminarios o cualquier otra actividad relacionada con la Práctica Clínica, Desarrollos Teóricos, Formación, Investigación y Evaluación de la Psicoterapia.

Promovemos la elaboración de la regulación legal de la psicoterapia en España así como también en la Unión Europea u otras de rango internacional para lo que FEAP propone posiciones específicas y aportaciones que presenta en instancias diversas de la Administración Pública Española, especialmente la sanitaria, en relación a la que busca prestar su colaboración específica en áreas y asuntos de su competencia e interés. Así mismo participa activamente con instancias europeas, latinoamericanas y otras internacionales

Hemos creado en el año 2004 el Premio FEAP de Psicoterapia para los mejores trabajos teórico-clínicos presentados por psicoterapeutas, alcanzando los mismos altos niveles de calidad científica.

Desde 2006 venimos editando el Anuario FEAP de Publicaciones de Psicoterapia que recoge los artículos originales publicados cada año en revistas científico-profesionales en lengua castellana. Ello permite contar con una panorámica de la riqueza, variedad y nivel de la producción de investigación, programas, reflexiones e intervenciones clínicas de psicoterapia habida en España cada año y, al tiempo, favorece el contacto entre los autores y entre éstos y los profesionales de la Psicoterapia.

Finalmente la web de FEAP (www.feap.es) y su actualización favorece una presencia accesible tanto a las asociaciones miembro como a los psicoterapeutas, otras organizaciones y entidades interesadas en la psicoterapia, la Administración Pública, la ciudadanía y la sociedad en general.

Nuestra organización:

Los órganos de gobierno de nuestra Federación son la Asamblea General, la Junta Directiva y la Presidencia.

La Asamblea General es el órgano de gobierno supremo de la FEAP y expresión de la voluntad de los miembros. Está constituída por las siguientes personas, que contarán con voz y voto:

Los delegados de las asociaciones que sean miembros ordinarios, cada una de las cuales tendrá derecho a tener de uno a cinco representantes, proporcional al número total de miembros acreditados como psicoterapeutas. La proporcionalidad está establecida en el artículo 26 de los Estatutos.

Los delegados serán elegidos por el período de tiempo que cada asociación miembro establezca, según sus acuerdos válidos, notificando cuando proceda el inicio y la terminación de la condición de delegado.

Los Miembros de Honor, que tendrán derecho a voz, pero no a voto, en la Asamblea General.

La Asamblea General se reunirá al menos una vez al año, convocada por el/la Presidente/a, por escrito a cada Asociación miembro y con antelación de 30 días. Y tiene competencia en aquellos asuntos determinados por los estatutos.

La Junta Directiva es el órgano rector de la FEAP, en cuanto órgano delegado de la Asamblea General a la que debe presentar informes y propuestas sobre su gestión en todos los aspectos determinados por los Estatutos. Su mandato será de 4 años naturales, renovándose por mitades cada dos años, pudiendo sus miembros ser reelegidos sólo por otros dos mandatos consecutivos de igual duración. Su composición y competencia se regulan por el Art. 14 de los Estatutos.

La Presidencia será el órgano ejecutivo de la Junta Directiva y estará formada por el Presidente, Vicepresidente primero, Vicepresidente segundo, Secretario General, Vicesecretario y Tesorero.

Además de estos órganos, la FEAP cuenta con Secciones y Grupos de Trabajo Estables para articular el funcionamiento de la FEAP y establecer líneas de trabajo considerando las diferentes orientaciones, técnicas y prácticas de la Psicoterapia. Las secciones tienen una composición estable, agrupan asociaciones por modelos teórico-técnicos y/o campo de intervención. Cuentan con un órgano directivo elegido de entre sus miembros.




Secretaría FEAP - C/ Arganda 8 · 1º C - 28005 Madrid - Teléfono: 91 474 26 06 - Fax: 91 473 39 16 - Todos los derechos reservados 2009