Para poder ser aceptado como miembro ordinario de SEPYPNA se han de cumplir unos requisitos que hace quince años que se han establecido, que no se han modificado todavía y que tienen como referencia la formación del psiquiatra. A éste se le piden cuatro años de formación psiquiátrica, de los cuales un mínimo de dos años y un máximo de tres han de realizarse en Psiquiatría de Niños y Adolescentes y por lo menos un año en Psiquiatría de Adultos, todo ello en equipos interdisciplinarios. Además se exigen 80 horas de supervisión de psicoterapias. Los profesionales no psiquiatras han de tener una formación análoga. De hecho, prácticamente todos los miembros ordinarios tienen una experiencia personal psicoanalítica, pero en su día no se consideró pertinente exigirla.
Es de interés señalar que en los Estatutos se contempla una representatividad exclusiva de Psicólogos y otra de Psiquiatras, lo que permite que las Comisiones Profesionales de cada especialidad puedan participar en procesos Colegiales, de las Administraciones Públicas y de Organismos nacionales e internacionales (por ejemplo, Tribunales de oposiciones, Comisiones Nacionales de Especialidad, U.E.M.S. etc.).